15 de junio de 2010

DEMOCRACIA REPRESENTATIVA “ESTUDIO DOCTRINARIO”

DEMOCRACIA REPRESENTATIVA “ESTUDIO DOCTRINARIO”

Por Erickson Costa Carhuavilca*

SUMILLA:
1. ASPECTOS CONCEPTÚALES DE ESTADO Y DEMOCRACIA 1.1 ¿QUE ES EL ESTADO? 1.2 ¿QUÉ ENTENDEMOS POR DEMOCRACIA? 2. ASPECTOS CONCEPTUALES DE UN GOBIERNO REPRESENTATIVO 2.1 LA REPRESENTATIVIDAD DEL GOBIERNO 2.2 ¿QUÉ ES UN GOBIERNO REPRESENTATIVO? 2.3 DEL APOYO POPULAR COMO FUNDAMENTO DEL GOBIERNO REPRESENTATIVO 2.4 DE LA REPRESENTATIVIDAD DEL PRESIDENTE. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

1. ASPECTOS CONCEPTÚALES DE ESTADO Y DEMOCRACIA

1.1 ¿QUE ES EL ESTADO?

Frente a la sociedad, conjunto de intereses particulares, encontramos el Estado, realizador del interés común, no como entidad dotada de voluntad consciente para establecer los contenidos jurídicos y realizarlos en la sociedad sino como unidad de poder, cuya expresión formal autónoma es la resultante de la manifestación de un poder social que mantiene el orden jurídico a través de un tácito y permanentemente renovado acuerdo de los factores de poder sobre su vigencia. (1)

1.2 ¿QUÉ ENTENDEMOS POR DEMOCRACIA?

Hauroiu define la democracia como: el estado de un pueblo en el cual el poder soberano reside en la universalidad de los individuos iguales entre sí ante la ley. (2)

En el constitucionalismo moderno el gobierno denominado representativo es la expresión típica del llamado gobierno del pueblo o, en una palabra de la democracia como forma de gobierno. La representación política, dice Mario Justo López, es elemento esencial, inseparable, del régimen democrático en su generalizada y prácticamente única manifestación contemporánea: la democracia indirecta. La forma de gobierna democrático más comúnmente practicada, porque es de ordinario la única practicable es la democracia indirecta llamada también representativa escribe Dabin. (3)

La democracia debe entenderse como un principio político y no como una forma política, puesto que es compatible con varias formas de gobierno. Tal principio político radica en afirmar que el pueblo es el sujeto del poder y que éste ha de usarse para el bien común, o sea con las limitaciones que la razón natural impone. (4)

La democracia es definida como la participación del pueblo en el ejercicio del poder político, como organización asumida por el pueblo para que los órganos del poder deriven de él y como concepción de que el poder se halla limitado por principios morales.

Lincoln definió la democracia como el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, entendiendo por pueblo toda la nación, desde luego, y no sólo uno de los estratos sociales. Ningún gobierno, pues es lícito si no cuenta con el asentimiento popular y no tiene por mira el bien común. (5)

La democracia es por definición un gobierno pro tempore, un régimen en el cual el electorado puede, a intervalos regulares tomar cuentas a sus gobernantes e imponer un cambio. El tiempo limitado que se permite transcurrir entre las elecciones es probablemente la mayor garantía contra el poder arrogante y la última esperanza para quienes están en minoría, sin embargo su desventaja se que constriñe la capacidad de un gobierno de cumplir las promesas que formuló para poder ser elegido, si tales promesas trascendentales, la mayoría puede sentirse defraudada de su realización por el limitado periodo en el cargo impuesto sobre su líder elegido. (6)

En el sistema democrático se promueve la discusión, mientras que en los sistemas autocráticos o totalitarios (denominación que corresponderá según el grado de restricción a la libertad que se aplique o controles que ejerza el gobierno) lo que se promueve es al obediencia y que se premia es la disciplina. En estos últimos años las discusiones están limitadas o prohibida, permitiéndose solamente el intercambio de ideas que no afecten el gobierno y dentro de los canales controlados por el estado. El jefe de estado es el interprete de lo que el pueblo quiere y único poseedor de la verdad, la que demás es considerada absoluta e irrefutable. Como quiera que es verdad absoluta, todos deben seguirla y apoyarla, siendo así que quienes e ponen resultan desleales y hasta son considerados antipatriotas. (7)

2. ASPECTOS CONCEPTUALES DE UN GOBIERNO REPRESENTATIVO

2.1 LA REPRESENTATIVIDAD DEL GOBIERNO


La representación es uno de los principios formales en derecho público. Cree Schmitt que el estado significa la unidad política de un pueblo, y que para lograr dicha unidad intervienen dos principios formativos: el de identidad y el de representación, que nunca faltan en absoluto, y cuya combinación determina la fisonomía peculiar de cada estado. (8)

En virtud del principio de representación es, sin embargo como se manifiesta por medio del gobierno la unidad política del pueblo. Por eso, cuando predomina el principio de identidad hay el minimum de gobierno; en cambio hay un máximum de éste cuando prevalece el principio de representación. El peligro en el primer caso es que el pueblo pierda su unidad política, quedando reducido a mera comunidad cultural o economía; el peligro en el segundo caso es que se vaya esfumando la homogeneidad y que se disipe la realidad del pueblo, dándose la anomalía de una res populi sin populis.

La sensibilidad y la dignidad del gobierno y el sentido de responsabilidad de los parlamentarios son lo decisivo y no cabe ni mecanizar la conciencia, reemplazándola con automatismos, ni graduar a priori el ambiente parlamentario que un ministro necesita para vivir con decoro. El mandato representativo es un mandato colectivo: el elegido no representa a la colectividad que lo designó, sino a la nación toda. (9)

La adopción del mandato representativo está, además identificada ala idea de la soberanía nacional: la soberanía pertenece a la nación en su totalidad y no a tal o cual grupo de electores. Los representantes designados por los departamentos no son los representantes de esos departamentos sino de toda la nación. (10)

Tampoco el congreso puede ni debe erigirse engreídamente en un cuerpo de fricción permanente y de animadversión constante hacia el presidente, porque en ese clima de ignorancia o de guerra ni el congreso cumple su papel ni el presidente está en condiciones aptas para gobernar. Tampoco hablamos de una solidaridad con disenso y control congresionales, con predisposición a compaginar los roles de ambos poderes, sin que ninguno decline frente al otro, ni abdique sus competencias, ni quiera ser más que el otro, porque los dos son iguales, y forman parte de un mismo gobierno, aunque militen en partidos distintos, y ejercen un mimo poder: el del estado, que tanto el presidente como el congreso han de orientar hacia los fines que propone y manda el preámbulo de la constitución: la libertad, la justicia, la paz, el bienestar general, la unión, la defensa común. (11).

Tener o no tener representatividad depende, entonces, de lo que haga o deje de hacer el gobierno, y de lo que haga o deje de hacer la sociedad multisectorial. La responsabilidad es grande por cada parte, y no es inútil recomendarla en vísperas de estrenar un próximo ciclo de gobierno civil, que necesariamente deberá ingeniare para tener desde el comienzo, y conservar después, suficiente representatividad. Si no, la estabilidad correrá peligro. Estamos lejos con estas ideas de propugnar una política de mano tendida, tanto del lado del poder como del lado de la sociedad. La vitalidad de cada cual en su sitio tendrá que tender a una eficacia sin demagogia, sin complacencias, con crítica, con control, con consenso y con disenso. (12).

2.2 ¿QUÉ ES UN GOBIERNO REPRESENTATIVO?

El gobierno, es pues, una organización representativa del pueblo. Para que sea auténticamente representativa debe provenir como resultado del sufragio universal expresado en forma libre, lo que permitirá calificar su grado de legitimidad, el cual dependerá directamente del nivel de limpieza de los comicios realizados. En las democracias el proceso electoral resulta la gran oportunidad para compulsar posicione y escoger a quienes el pueblo quiera delegar las funciones de gobierno. La forma más eficaz para ello es el sufragio universal. (13)

No es difícil demostrar que la mejor forma de gobierno es aquella en que la soberanía, o suprema fuerza de control en último recurso, se deposita en el conglomerado total de la comunidad, y en la que cada ciudadano tiene no sólo voz en el ejercicio de esa soberanía fundamental, sino que, además, en ocasiones, es llamado para tomar parte activa en el gobierno, por medio del desempeño personal de alguna función pública, local o general. (14)

El gobierno representativo en manos de una clase limitada se derrumba por exceso de corrupción, así como que el esfuerzo hecho por la totalidad de la población masculina para obtener un gobierno representativo, concluye confiriendo a un solo hombre el poder de confinar a cualquiera de entre el resto, sin juicio previo, siempre y cuando permita a los demás pensar que no están excluidos de la posibilidad de compartir sus favores. (15)

Todos los regímenes incluso los más sabiamente diseñados dependerán del apoyo de la sociedad en su conjunto, sus principales fuerzas, grupos e instituciones, para su preservación. Por eso ellas descansan en un consenso público que sólo reconoce como autoridad legítima al poder que es adquirido a través de medios legales y democráticos. También dependen de la capacidad de sus líderes para gobernar, para inspirar confianza, para respetar los límites de su poder y para lograr un adecuado nivel de consenso. (16)

Partamos de una proposición negativa: es casi imposible que un gobierno tenga representatividad respecto de toda la sociedad. Ello porque la totalidad de la sociedad aunque la pluralicemos en partidos, sindicatos, entidades empresariales, grupos económicos, ideológicos, culturales, etc, jamás sentirá en su conjunto que un gobierno la expresa y la interpreta en todo circuito de sus sectores. (17).

No por eso hemos de renunciar al intento de que el gobierno acumule la mayor dosis posible de representatividad. Podrá gozar de ella respecto del partido que le dio apoyo electoral, respeto de los hombres que sin ser afiliados a ese partido le dieron su voto, respecto de los hombres que sin ser afiliados a ese partido le dieron su voto, respeto de otros grupos cuyos intereses se sienten cubiertos y gestionados eficazmente por el gobierno, respecto de otros grupos cuyos intereses se sienten cubiertos y gestionados eficazmente por el gobierno, respecto de asociaciones sindicales y empresarias que vivencian igual sentimiento, etc. Pero siempre quedarán franjas de la sociedad a las que les parezca que el gobierno no las hace presentes, que no las interpreta, no las expresa. Sin embargo, estos sectores para los cuales el gobierno no dispone de representatividad a su respecto, se podrán integrar pacífica y armoniosamente si por lo menos concurren dos cosas: que gocen de pleno derecho al disenso, y a expresarlo por todos los medios lícitos (prensa, televisión, radio, libros, oralmente, en reuniones públicas, etc), y que tengan participación en el proceso decisorio, lo que significa que aunque una decisión gubernamental no les satisfaga o les perjudique, a su leal saber y entender, hayan podido disfrutar del derecho de audiencia, hayan podido intervenir en la gestación de la decisión, y luego de tomada por el gobernante, puedan intervenir en su ejecución y en su control. (18).

Un gobierno democrático podrá y deberá actuar de tal manera que sin sofocar la convivencia en libertad, convoque a muchos, si no a todos, a compartir la tarea de reconstruir y consolidar la democracia y los valores de la constitución. (19).

El poder del estado o poder político es un poder total “de” toda la sociedad y “para” toda la sociedad. No es, a la inversa, un poder parcial o sectorial, como lo son los poderes sociales (el poder sindical, el poder económico, el poder cultural, el poder empresario, etc.) (20).

2.3 DEL APOYO POPULAR COMO FUNDAMENTO DEL GOBIERNO REPRESENTATIVO

Todo gobierno, al acceder al poder y para acceder al poder, tanto como para mantenerse exitosa y cómodamente en él, precisa apoyos populares. Eso no es demagogia. Es la necesidad de un cierto consenso social que lo legitime y le permita moverse con eficacia. Legitimidad y eficacia son cosas buenas para todo poder político.

Cuanto mayor sea ese apoyo, y cuanto más diversificado esté el número de sujetos que dan apoyo, mayor podrá ser la representatividad del gobierno. Pero no se trata de una cuestión puramente cuantitativa o de número. Supongamos que todos los grupos sindicales apoyan a un gobierno. Si le faltan otros apoyos provenientes de otros estratos de la sociedad, a lo mejor su base no va a ser bastante sólida. Y sobre todo, es menester que los sujetos colectivos que deparan los apoyos sean, a la vez, suficientemente representativos en el seno de la sociedad, lo que demanda que tengan representatividad respecto de su espectro multisectorial. De este modo, la representatividad social que puede gozar tal o cual entidad, se trasvasa y transfiere al gobernante al que esa entidad apoya, poco más o menos. (21)

Los canales de comunicación de ida y vuelta: de la sociedad hacia el presidente y, viceversa, no deben cerrase ni taponearse. Ni la sociedad puede ponerse totalmente de espaldas al presidente, ni éste de espaldas a ella. (22)

Ciertamente caballeros, la felicidad y la gloria de un representante deben consistir en vivir en la unión más estrecha, la correspondencia más íntima y en una comunicación sin reserva con sus electores. Sus deseos deben tener para él gran peso, su opinión es derecho de todos los hombres, la de los electores es una opinión de peso y respetable, que un representante debe siempre alegrarse de escuchar y que debe estudiar siempre con la máxima atención. (23)

2.4 DE LA REPRESENTATIVIDAD DEL PRESIDENTE (24)

El cargo presidencial es por naturaleza bidimensional y en cierto sentido ambiguo de un lado, el presidente es la cabeza del estado y el representante de toda la nación de otro lado, sostiene una opción de una coalición multipartidaria incluso puede representar una opción dentro de una opción al lidiar con otros miembros de la alianza electoral ganadora.

No es siempre fácil ser simultáneamente el presidente, digamos de todos los empresarios y de los trabajadores, es difícil ser a la vez el elegante y cortés señor de la casa presidencial y el orador demagógico de los mítines masivos en el estadio de fútbol. Es probable que muchos votantes y élites claves piensen que jugar el segundo papel signifique traicionar al primero.

¿No debería el presidente, como cabeza del estado, ubicarse al menos de cierta manera por encima del partido de modo que pueda ser el símbolo de la nación y la estabilidad de un gobierno?

Un primer ministro que se enreda en escándalo o pierde la devoción de su partido o coalición de mayoría y cuya continuidad en el cargo podrías provocar graves disturbios puede ser removido mucho más fácilmente que un presidente corrupto o altamente impopular.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

1. PEREZ GUERRERO, Guillermo. Poder Constituyente y Control Jurisdiccional. Bogotá. 1985. 271 Pp.
2. PEREZ SERRANO, Nicolás. Tratado de Derecho Político. 1984. 487 Pp.
3. FERRERO COSTA, Raul. Derecho constitucional. Lima. 1970. 582 Pp.
4. CHANAME ORBE, Raúl. Derecho Constitucional: Los peligros del presidencialismo. Por Juan J. Linz. 1994. 483 Pp.
5. FERRERO COSTA, Raúl. Ensayos de Derecho Constitucional: La Democracia y sus Principios Rectores. 1997. 308 Pp.
6. STUART MILL, Jhon. Consideraciones sobre el Gobierno Representativo. 1966. 319 Pp.
7. BERLIN VALENZUELA, Francisco. Política y Derecho. 1993. 438 Pp.

CITAS AL FINAL DEL COMENTARIO

* Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Estudios de Maestría en Derecho, Mención en Derecho Procesal por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Docente de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega. Miembro Fundador de la Asociación Civil “Voces & Derecho”. Director General del Centro Latinoamericano de Investigaciones de Derecho Procesal “CLIDEPRO”. Colaborador del Suplemento “JURIDICA” del Diario Oficial “El Peruano”. Expositor en Congresos Nacionales e Internacionales de Derecho. Colaborador en Revistas Digitales en Ecuador, Chile y Argentina.
(1) PEREZ GUERRERO, Guillermo. Poder Constituyente y Control Jurisdiccional. Pgs. 18 - 25
(2) PEREZ SERRANO, Nicolás. Tratado de Derecho Político. Pgs. 260 – 262, 818 -829
(3) IBID
(4) FERRERO COSTA, Raul. Derecho constitucional. Pgs. 119 – 123, 185 - 187
(5) PEREZ SERRANO, Nicolás. Op. Cit. Pgs. 260 – 262, 818 -829
(6) CHANAME ORBE, Raúl. Derecho Constitucional: Los peligros del presidencialismo. Por Juan J. Linz. Pgs. 389 - 415
(7) FERRERO COSTA, Raúl. Ensayos de Derecho Constitucional: La Democracia y sus Principios Rectores. Pgs. 141 - 147
(8) PEREZ SERRANO, Nicolás. Op. Cit. Pgs. 260 – 262, 818 -829
(9) FERRERO COSTA, Raúl. Op. Cit. Pgs. 119 – 123, 185 - 187
(10) IBID
(11) STUART MILL, Jhon. Consideraciones sobre el Gobierno Representativo. Pgs. 52 – 59, 74 – 81, 199 – 201
(12) IBID
(13) FERRERO COSTA, Raúl. Op. Cit. Pgs. 141 - 147
(14) STUART MILL, Jhon. Op. Cit. Pgs. 52 – 59, 74 – 81, 199 – 201
(15) IBID
(16) CHANAME ORBE, Raúl. Op. Cit. Pgs. 389 - 415
(17) STUART MILL, Jhon. Op. Cit. Pgs. 52 – 59, 74 – 81, 199 – 201
(18) IBID
(19) IBID
(20) IBID
(21) IBID
(22) IBID
(23) BERLIN VALENZUELA, Francisco. Política y Derecho. Pgs. 130 – 145, 152 – 157, 182 - 193
(24) CHANAME ORBE, Raúl. Op. Cit. Pgs. 389 - 415